Las apymas pueden solicitar hasta el próximo 30 de mayo ayudas para organizar actividades este curso

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El Ayuntamiento de Pamplona destinará 65.000 euros para apoyar a las asociaciones de padres y madres de centros de Infantil y Primaria

apyma azpilagaña

Las asociaciones de padres y madres (apymas) de centros escolares de Educación Infantil y Primaria de Pamplona pueden solicitar hasta el próximo 30 de mayo las ayudas para organizar actividades este curso. El Boletín Oficial de Navarra ha publicado este lunes día 9 de mayo la convocatoria de subvenciones, a las que el Ayuntamiento destinará un total de 65.000 euros. Se trata de una dotación económica con la que el Ayuntamiento quiere colaborar con las apymas para que realicen actividades de formación para los padres y madres del propio centro escolar, actividades extraescolares para el alumnado de sus centros fuera del horario escolar, actividades lúdicas para toda la comunidad educativa en horario lectivo o no lectivo, y también para atender a los gastos de funcionamiento y gestión de la propia asociación o federación durante este curso escolar 2015-2016.

La finalidad de esta convocatoria es la de fomentar la participación de los padres y madres en la vida y funcionamiento de los centros escolares, mediante la organización de actividades para el alumnado y padres y madres del centro que posibiliten la conciliación de la vida laboral y familiar, que impliquen la participación activa de padres y madres en las dinámicas del propio centro escolar, y que les ayuden a comprender y asumir su rol en el proceso escolar y educativo de sus hijos e hijas.

El pasado año, el Ayuntamiento de Pamplona subvencionó a dos federaciones de apymas y 31 asociaciones de padres y madres de alumnos de centros educativos de Infantil y Primaria.

Criterios de valoración

Se trata de una convocatoria de ayudas en régimen de concurrencia competitiva y está destinada a las asociaciones de padres y madres de alumnos de centros escolares de Educación Infantil y Primaria de Pamplona. Los 65.000 euros de ayudas se distribuirán, con los siguientes importes máximos, de esta manera: 25.000 euros para actividades extraescolares para el alumnado del centro, fuera del horario escolar; 20.000 euros par actividades formativas para padres y madres; 5.000 euros para actividades lúdicas; y 15.000 euros para gastos de gestión y funcionamiento.

La cuantía máxima que se podrá conceder a cada beneficiario no podrá superar el 85% de los gastos admitidos para actividades extraescolares para alumnos del centro, fuera del horario escolar; el 90% de los gastos admitidos para actividades formativas de padres y madres; el 15% de los gastos admitidos para el caso de actividades lúdicas; y el 85% de los gastos admitidos para los gastos de gestión y funcionamiento de las apymas y federaciones de apymas.

Para la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración. En la organización y realización de actividades extraescolares para el alumnado del propio centro escolar fuera del horario lectivo, se valorarán en primer lugar los gastos por campamentos urbanos en periodos vacacionales, servicios ‘de madrugadores’ y otras actividades que faciliten la conciliación de la vida familiar y laboral. En segundo lugar, los gastos por actividades extraescolares que favorezcan la participación e integración del alumnado desfavorecido socio-económicamente, así como las actividades extraescolares que promuevan la igualdad de género y las relaciones intergeneracionales; y en tercer lugar, el resto de actividades extraescolares de carácter formativo y o recreativo para el alumnado.

En cuanto a la organización y gestión de actividades formativas para el conjunto de los padres y madres del propio centro escolar, se valorará, en primer lugar, los gastos de ponentes de charlas u otras actividades similares y cuidadores para ‘guarderías’ necesarias para el desarrollo de las actividades de formación de padres y madres en temas relacionados con la educación de sus hijos e hijas. En segundo lugar, el pago a profesionales que impartan sesiones formativas relacionadas con cualquier ámbito de la cultura que favorezcan la participación e integración de las familias desfavorecidas socio-económicamente. Y en tercer lugar, otras actividades formativas para padres.

En la organización o colaboración con el centro en la organización de actividades lúdicas para toda la comunidad educativa en horario lectivo o no lectivo, se valorará, sin orden de prioridad, todos los gastos relacionados con la organización de actividades recreativas o festivas abiertas a la participación de cualquier miembro de la comunidad educativa.

Y en cuanto a los gastos derivados del funcionamiento y gestión de la apyma o federación, se valorarán, sin orden de prioridad, los gastos de funcionamiento y gestión, exceptuando nóminas, dietas, comidas y desplazamientos, entre otros.

En todo caso, las actividades objeto de subvención serán las realizadas del 1 de septiembre de 2015 hasta el 30 de junio de 2016.