El próximo 30 de abril termina el plazo para abonar, en periodo voluntario, el impuesto municipal de circulación

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Los contribuyentes que lo tengan domiciliado recibirán ese día el cargo en sus cuentas, aunque ese sistema desciende un 0,2% respecto a 2013

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Está abierto al plazo para abonar, en periodo voluntario, el impuesto de circulación de vehículos correspondiente al año 2014. El plazo se extenderá hasta el 30 de abril. Se puede abonar a través de banco o caja de ahorros, o bien en la web municipal www.pamplona.es. En conjunto, el número de vehículos sujetos al impuesto de circulación en Pamplona en el año 2014 asciende a 115.134, por los que el Ayuntamiento de Pamplona tiene previsto ingresar un total de 9.469.085 euros.

En la web www.pamplona.es, el ciudadano debe entrar en la sección de “Trámites” y seguir las instrucciones que se le ofrecen. Para realizar el pago en las oficinas de bancos y cajas de ahorros, los interesados deben acudir con el recibo correspondiente a cualquier oficina de Caixabank (La Caixa-Caja Navarra), Banco Santander, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Banco Popular, Caja Laboral y Caja Rural de Navarra.

A partir del 30 de abril, el pago podrá realizarse únicamente en las oficinas de Tesorería y Recaudación Municipal (calle Mercado 7-9, 2ª planta) con los recargos establecidos legalmente (artículo 117 de la Ley Foral General Tributaria). Los ciudadanos que precisen más información, pueden llamar a los teléfonos 948 420250 y 948 420251, de 8.30 a 14.30 horas.

Los contribuyentes que tengan el recibo domiciliado no deberán hacer nada, ya que el día 30 les será cargado automáticamente el importe del abono en sus cuentas. De los 92.825 recibos emitidos esta año sólo 20.806 deberán pasar por ventanilla, puesto que el pago domiciliado es el sistema mayoritario, elegido por el 77,6% de los contribuyentes. En 2014 hay 72.019 recibos domiciliados, frente a los 70.499 de 2013, lo que supone una disminución para este año de un 0,2% en las domiciliaciones.

Supuestos exentos

  • Están exentas del pago de este impuesto las personas con discapacidad, siempre que el vehículo esté especialmente adaptado para su uso exclusivo, no supere los 12 caballos fiscales, y sea propiedad de la persona con discapacidad
  • Están exentos de pago los vehículos oficiales de la Comunidad Foral de Navarra, del Estado y de las entidades locales, así como las ambulancias y vehículos destinados a la asistencia sanitaria, pertenecientes a Cruz Roja y DYA.

 

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