El proyecto de modificación de Ordenanzas fiscales y normas reguladoras de precios públicos se ha presentado en la Comisión de Presidencia
Una vez se elabore el proyecto de modificación está previsto que sea aprobado inicialmente en la Junta de Gobierno Local la próxima semana, posteriormente será nuevamente expuesto en la Comisión de Presidencia y a continuación será presentado en el Pleno para su aprobación. El Ayuntamiento cuenta en total con 23 ordenanzas fiscales y 13 normas reguladoras de precios.
Una de las modificaciones presentadas esta mañana es la actualización del tipo de gravamen que se aplica en la contribución urbana lo que permitirá mantener la recaudación total de la contribución a pesar de que vaya produciéndose la depreciación del valor catastral de los inmuebles de la ciudad. Así, se modificará el tipo de gravamen proporcionalmente a esa depreciación por antigüedad, manteniendo el contribuyente el pago similar al que ha realizado en 2014. Este criterio es el mismo que viene aplicándose años atrás.
Modificadas dos ordenanzas y una norma
Otra de las modificaciones afecta a la ordenanza fiscal número 10 ‘De las tasas por otorgamiento de licencias y realización de actividades administrativas de control en materia urbanística’ en la que se va a unificar, por cuestiones prácticas, la tasa mínima de las licencias de obra con tramitación abreviada y licencias comunicadas que asciende a 118 euros con la de las licencias de obras de construcción, ampliación, reforma, demolición, movimientos de tierra, corte de arbolado, colocación de carteles y otros actos sometidos a licencia que es de 118,75 euros.
La ordenanza fiscal 11 ‘Reguladora de las tasas por otorgamiento de autorizaciones y realización de actividades administrativas de control en materia de protección ambiental y actividades inocuas’ contará en el anexo en el que se indican las tarifas con un nuevo epígrafe al que se adjudica el número III, pasando los actuales III y IV a ser IV y V, respectivamente. El nuevo epígrafe se denomina ‘Control posterior de declaración responsable de inicio de actividad en vivienda’ y tiene una tasa de 6,75 euros por cada actuación, cantidad similar a la de las licencias comunicadas de obras recogidas en la ordenanza fiscal número 10. Con esta modificación se quiere atender los supuestos en los que un particular realiza su trabajo desde casa y no hay un establecimiento propiamente dicho vinculado a la actividad. En este caso, la labor de control municipal es más sencilla que la aplicada al resto de aperturas y se limita a contrastar la documentación que se presente, al igual que se realiza en el caso de las licencias comunicadas. Por ello se ha optado por equiparar el coste de la actividad administrativa a la de licencia comunicada y por tanto, también la tarifa.
Por lo que respecta a las normas fiscales, se modificará la II que es la ‘Reguladora de precios públicos por utilización de instalaciones deportivas y de locales e instalaciones escolares municipales’ en la terminología del epígrafe 2.2 que dejará de hacer referencia al Consejo Escolar para hablar de dirección del centro escolar. El cambio se realiza ya que la LOMCE ha modificado las funciones de los Consejos Escolares de los centros educativos y se cree más adecuado que sean las direcciones de los centros quienes declaren que la actividad que solicita la autorización no interfiere con el normal desarrollo de la actividad escolar y por tanto puede autorizarse.
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