La Junta de Gobierno Local ha aprobado un proyecto que posteriormente deberá ser ratificado en Pleno
En la exposición de motivos se señala que el objetivo de la ordenanza es impulsar la mejora de la normativa aplicable, eliminando trabas injustificadas o desproporcionadas para el ejercicio de las actividades de servicios y así adecuarse a los principios emanados de las regulaciones europeas. La norma quiere iniciar la unificación de la normativa urbanística y constructiva municipal de una forma simple y estable en el tiempo. Asimismo, pretende eliminar referencias a cuestiones suficientemente reguladas por otras normas y recoger aspectos singulares del ámbito municipal de Pamplona.
Impulso a la declaración responsable y al expediente electrónico
En cuanto al procedimiento, se incorpora la declaración responsable para la realización de una serie de actuaciones que quedan sujetas a un control administrativo posterior a su inicio o realización, en la línea marcada en la Ordenanza municipal reguladora del control posterior de las obras y actividades no sujetas a licencia. Asimismo, queda recogidos el impulso del expediente electrónico y el registro electrónico como cauces de comunicación de la ciudadanía con la administración. Se regulan los formatos de documentos electrónicos que pueden presentar los particulares en la tramitación de sus expedientes y los medios de comunicación vía registro electrónico y carpeta ciudadana de la sede electrónica municipal.
Tras el trámite de esta mañana, el proyecto de ordenanza pasará al Pleno para la aprobación inicial. Tras un período mínimo de 30 días de información pública, se procederá a la resolución de las reclamaciones o sugerencias recibidas y a la aprobación definitiva por Acuerdo de Pleno. Si no se presentaran reclamaciones, se tendrá por aprobado definitivamente el acuerdo de aprobación inicial.
Cinco secciones principales
La nueva ordenanza se estructura en 5 secciones centrales más una sección preliminar y otra final. Las secciones centrales giran sobre ‘la intervención municipal en el control de las obras y del acceso y ejercicio de actividades y servicios promovidos por los particulares y otras administraciones públicas’, ‘la parcela’, ‘los edificios’, ‘condiciones de los locales para actividades’, y ‘afección del espacio público’.
En la de la ‘la intervención municipal en el control de las obras y del acceso y ejercicio de actividades y servicios promovidos por los particulares y otras administraciones públicas’ es en donde se detallan la definición del tipo de obras (urgentes, menores o en suelo de uso público), la forma de presentación de la documentación o los modelos de actuación municipal. En ‘la parcela’ se recogen, entre otros puntos, los acondicionamientos en superficie de los espacios libres de parcelas privada y públicas, los cierres, las vallas publicitarias o el mantenimiento municipal.
En la sección de ‘los edificios’ se tratan aspectos como los volúmenes, los aparcamientos, los trasteros, los locales, las fachadas, las cubiertas o los toldos. En la siguiente sección se detallan las condiciones para los locales tanto en aspectos generales como en concretos para carnicerías, mayoristas de alimentación, mercados de abastos, bares, cafeterías, restaurantes, locales de ocio, oficinas, guarderías o aparcamientos, entre otros establecimientos. Por último, se recoge la ‘afección del espacio público’ hablándose de elementos constructivos, paso de vehículos, aspectos a tener en cuenta durante las obras o la publicidad.