Aprobadas las bases de las convocatorias de ayudas para organizar actividades artísticas y culturales en castellano y euskera que próximamente abrirán el plazo de presentación

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El plazo para presentar proyectos es de 30 días tras la publicación en el BON de las bases, que pueden consultarse en el área de Cultura

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El Ayuntamiento de Pamplona ya ha aprobado las bases de las convocatorias de ayudas para la organización de actividades artísticas y culturales tanto en castellano como en euskera. Las entidades interesadas en participar, tanto en la convocatoria destinada a actividades en castellano como la que subvencionará actividades en euskera, pueden consultar las bases en el área de Educación y Cultura (calle Descalzos, 72).

Está previsto que sean publicadas en los próximos días en el Boletín Oficial de Navarra, momento en el que se abrirá el plazo de presentación de instancias que será de treinta días naturales. El objetivo de estas subvenciones es apoyar una oferta artística y cultural de calidad, diversa y de interés para el público a lo largo de este año, a través de la colaboración con entidades que desarrollan su actividad fundamentalmente en Pamplona.

Convocatoria dotada con 379.864 euros

La convocatoria para la concesión de ayudas económicas a entidades culturales y artísticas para la realización de proyectos culturales y artísticos esta dotada con 379.864 euros repartidos en dos líneas de subvención. El año pasado la consignación fue de 191.400 euros. SE concedieron ayudas a 20 entidades para el desarrollo de 21 programas culturales como conciertos, danza, ópera, exposiciones, festivales, la edición de un CD y conferencias, entre otras.

La primera línea, que aparece como epígrafe A en las bases, está dirigida a proyectos de artes escénicas y musicales y cuenta con 183.464 euros frente a los 103.000 euros del año pasado. Pueden presentarse proyectos de artes escénicas y musicales que consistan en actividades de producción escénica o musical, programación escénica o musical y promoción de grupos o entidades que lleven a cabo labores de producción o programación escénica o musical

La segunda línea, bajo el epígrafe B, cuenta con 196.400 euros (88.400 euros en 2013) para apoyar proyectos de promoción y/o difusión cultural y/o humanística que consistan en actividades de promoción cultural (conferencias, charlas, coloquios, mesas redondas, certámenes o concursos, exposiciones, proyecciones audiovisuales, festivales o desfiles) y de formación no reglada de cáracter no artístico (cursos, talleres, seminarios o jornadas).

Como máximo podrán obtener 50.000 euros los proyectos de artes escénicas y musicales cuyo presupuesto global aceptado sea igual o superior a 750.000 euros y los proyectos de difusión cultural y humanística cuyo importe igule o supere los 150.000 euros. El máximo de 25.000 euros se establece para presupuestos inforiores esas cantidades.

Convocatoria específica para actividades en euskera

El Ayunttamiento de Pamplona también ha aprobado otra convocatoria e subvenciones a entidades culturales y artísticas para la realización y programación de actividades culturales y artísticas en euskera a lo largo del año 2014. Como requisitos se ha establecido que las actividades sean de carácter cultural o artístico y promuevan el euskera y la participación ciudadana; que tengan carácter abierto y se realicen fundamentalmente en el término municipal de Pamplona; y que no estén incluidas en otros programas de financiación del Consistorio.

La convocatoria tiene una consignación presupuestaria máxima de 30.909 euros, cantidad superior a los 29.125 euros del año pasado. En 2013 se otorgaron ayudas a a diez entidades culturales y artísticas de la ciudad que organizaron, por ejemplo, clases y campeonatos de bertsolarismo, grupos de lectura y de conversación, talleres urbanos e infantiles, formación de monitores, conferencias, cursos de verano de la universidad o actuaciones de danza y teatro.

Valoración y cuantía de las ayudas

La cuantía de la subvención se determinará según la puntuación obtenida de forma que los proyectos con 70 puntos o más podrán tener un 30% del presupuesto aceptado, los de entre 60 y 69 puntos un 20% y los que logren menos de 60 puntos un 10% del presupuesto aceptado. En ningún caso recibirán ayudas los proyectos que no alcancen una puntuación del 50% del total.

La valoración de los proyectos se realizará sobre 100 puntos. La mitad de ellos se asignarán en función de la calidad e interés artístico o cultural del proyecto teniendo en cuenta los objetivos, trayectoria y composición de la entidad; la calidad (5 puntos), interés e innovación artísticos o culturales (20 puntos); la divulgación del patrimonio cultura y/o artístico de Pamplona o promoción de autores actuale (10 puntos); y la colaboración con el Ayuntamiento de Pamplona (15 puntos). Con otros 25 puntos se valorará la viabilidad económica del proyecto, es decir, la coherencia en la estructura de ingresos y gastos (5 puntos), el porcentajes de ingresos propios (10 puntos), el porcentaje de máxima subvención solicitada al Ayuntamiento de Pamplona (5 puntos) y la generación o mantenimiento del empleo (5 puntos).

Por último se otorgará un máximo de 25 puntos por la incidencia del proyecto en la dinamización cultural o artística de Pamplona, aspecto en el que se analizará el número previsto de espectadores o asistentes (10 puntos); las acciones de inclusión, creación, formación y/o fidelización de públicos (10 puntos); y el personal que participan en el proyecto de forma voluntaria (5 puntos).

Requisitos de las entidades

Podrán acogerse a la convocatoria la entidades culturales y artísticas que estén legalmente constituidas en la fecha de presentación de la solicitud, tener el domicilio social y fiscal en Pamplona, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social, y no hallerse incurso en ninguna causa de prohibición recogida en la Ordenanza General de Subvenciones.

Cada entidad podrá presentar una única solicitud que podrá contener un proyecto o varios, con un orden de preferencia. Cada proyecto deberá estar suficientemente desarrollado, la preparación y ejecución de las actividades contenidas en esos proyectos deben estar abiertas a la ciudadanía en general y debe llevarse a cabo antes del 31 de diciembre fundamentalmente en Pamplona.

Gastos directos e indirectos

Serán gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvebncionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido en esta convocatoria. Entre ellos se encuentran, por una parte, los costes directos como los costes salariales y seguridad social del personal necesario para la realización del programa de actividades; gastos de dietas y desplazamientos de dicho personal; gastos derivados de la contratación de medios externos; gastos de difusión y publicidad; y los tributos no locales cuando el beneficiario de la subvención los abona directamente.

Por otra parte, se incluyen los costes indirectos, tanto generales, imputables a varias de las actividades que desarrolla la entidad beneficiaria, como lo sgastos fijos que sin ser imputabls a una actividad concreta son necesarios para que la actividad subvencionada sea llevada a cabo. Los costes indirectos para cada proyecto deberán estar incluidos en el presupuesto del mismo y no podrán exceder en ningún caso del 12% de su coste total.

 

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