Abierto el plazo en la convocatoria de ayudas para la realización de proyectos artísticos y culturales que amplía la cuantía a 400.400 euros

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La mayor parte de la dotación se repartirá entre proyectos presentados por entidades sin ánimo de lucro aunque se pueden presentarse empresas

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El Ayuntamiento de Pamplona ha abierto el plazo de presentación de solicitudes en la convocatoria de ayudas para la realización de proyectos culturales y artísticos que este año ha ampliado la dotación hasta los 400.400 euros frente a los 377.000 euros del año pasado. Además, otra de las novedades es que podrán presentarse también actividades organizadas en euskera, ya que han quedado incluidas en esta convocatoria en lugar de tener una específica. Las bases se han publicado en el BON número 93 del 16 de mayo y las entidades interesadas en participar tienen de plazo hasta el 17 de junio para presentar sus propuestas.

El objetivo de estas subvenciones es apoyar a personas físicas o jurídicas que promuevan la organización y realización de actividades culturales en Pamplona entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016. Las bases recogen específicamente artes escénicas, tanto teatro como danza, circo o performances; artes plásticas y visuales, incluidos el arte de acción y el arte urbano; cine y audiovisual, promovidos a través de producciones, festivales o actividades de fomento y difusión; promoción del libro, la lectura y la literatura; música y actividades musicales; y promoción y difusión cultural y humanística a través de conferencias, charlas, coloquios, mesas redondas, recitales, certámenes, concursos o exposiciones.

El año pasado el Consistorio pamplonés concedió ayudas a 33 entidades para el desarrollo de otros tantos proyectos culturales y artísticos durante 2015 por un importe de 377.000 euros. Las subvenciones incluyen actividades como conciertos, danza, ópera, exposiciones, festivales, la realización de un documental o conferencias, entre otras.

Valoración y porcentaje de ayuda

Este año la dotación económica se dividirá en tres bloques teniendo en cuenta el carácter de la entidad organizadora: se destinarán 325.400 euros para asociaciones sin ánimo de lucro, 50.000 euros para empresas culturales y 25.000 euros para entidades dependientes del Gobierno de Navarra.

La cuantía de la subvención se determinará según la puntuación obtenida de forma que los proyectos con 35 puntos o más podrán tener un 30% del presupuesto aceptado, los de entre 30 y 34,99 puntos un 20% y los que logren menos de 30 puntos un 10% del presupuesto aceptado. Como máximo podrán obtener 50.000 euros los proyectos de artes escénicas y musicales cuyo presupuesto global aceptado sea igual o superior a 600.000 euros (750.000 en la convocatoria del año pasado) y 25.000 euros en el caso de presupuestos inferiores a esas cantidades.

Este año, por primera vez se va a dar la posibilidad a quienes presenten proyectos en la convocatoria de que los expliquen personalmente a la comisión valoradora. De esta manera se quiere dar la opción de que se puedan explicar con más detalle y aclarar todas las posibles dudas.

La valoración de los proyectos se realizará sobre 50 puntos. 35 puntos se asignarán en función de la calidad e interés artístico o cultural del proyecto teniendo en cuenta los objetivos, trayectoria y composición de la entidad (5 puntos); la calidad (10 puntos), el interés con aspectos como el fomento de la cultura pamplonesa y de Navarra así como de autores ligados a la ciudad o la formación de públicos (10 puntos) y la innovación (10 puntos), que puede ser en el lenguaje artístico o cultural utilizado, en el fomento de la cooperación cultural o a través del trabajo en redes. El resto de la valoración se completa con 15 puntos para la viabilidad económica del proyecto, es decir, la coherencia en la estructura de ingresos y gastos (5 puntos) y el porcentaje de ingresos propios (10 puntos).

Gastos subvencionables

Serán gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido en esta convocatoria. Entre ellos se encuentran, por una parte, los costes directos como los costes salariales y seguridad social del personal necesario para la realización del programa de actividades; gastos de dietas y desplazamientos de dicho personal; gastos derivados de la contratación de medios externos; gastos de difusión y publicidad; y los tributos no locales cuando el beneficiario de la subvención los abona directamente.

Por otra parte, se incluyen los costes indirectos, tanto generales, imputables a varias de las actividades que desarrolla la entidad beneficiaria, como los gastos fijos que sin ser imputables a una actividad concreta son necesarios para que la actividad subvencionada sea llevada a cabo. Los costes indirectos para cada proyecto deberán estar incluidos en el presupuesto del mismo y no podrán exceder en ningún caso del 12% de su coste total.

La Guía de Pamplona -
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